miércoles, 25 de febrero de 2015

LAS CORTES EN LA EDAD MEDIA

Asambleas representativas de los estamentos sociales, las Cortes fueron en los reinos peninsulares medievales, como en el resto del Occidente europeo, el resultado de la evolución económica, social, política y cultural que se produjo entre los siglos XI al XIII. Con el resurgir de la vida económica y la circulación mercantil, aumenta la población y mejoran sus condiciones de vida, y aparecen los Municipios como entidades con jurisdicción sobre los recintos urbanos y los grupos burgueses que los habitan. Esta restauración de la vida urbana, con fuerza económica y social, llevará a los reyes a considerar su intervención activa en política y a incluirla en las asambleas regias (Curias) que le servían de consejo y ayuda.
Cortes era la denominación de las instituciones parlamentarias propias de cada uno de los reinos cristianos peninsulares medievales y el Antiguo Régimen en España y Portugal, en las que participaban representantes de los diferentes estamentoscleronobleza y "común" o pueblo llano (expresión con la que en realidad no se pretendía representar a los campesinos o a la gente humilde, sino a la oligarquía urbana de ciertas ciudades a las que se concedía "voto en Cortes"). Suponían la explicitación y renovación periódica de la relación política entre "rey" y "reino".

El origen de Las Cortes

Aparición de los Parlamentos en Europa y el papel precursor de la España altomedieval


El derrumbamiento del Antiguo Régimen con la Revolución Francesa dio paso en la Europa del siglo XIX a un Estado Constitucional, que trajo la superación del absolutismo político mediante el control del poder por el pueblo representado en asambleas. L mismo tiempo se produjo un interés en este siglo por las asambleas medievales. Convenía que los parlamentos populares constituidos en el XIX tras intensas revoluciones, no aparecieran como una novedad radical y era oportuno mostrar que el control del poder a través de una cámara de representación popular era acorde con las tradiciones jurídicas nacionales ya que la verdadera tradición nacional había consistido precisamente en un sistema de libertades públicas y del control del poder , que se había desvirtuado después por el absolutismo regio de los siglos modernos.

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